Comunicado 26 Heshvan 5786

A la comunidad judía de la República Dominicana,
a las instituciones comunitarias,
y al público en general:

El Beth Din Zedek de la República Dominicana, como única autoridad rabínica y judicial reconocida en materia de estatuto personal judío en nuestro territorio, informa lo siguiente:

1. Conversión fuera de la jurisdicción: Nuestro Beth Din no autoriza, reconoce ni acepta conversiones realizadas por rabinos o tribunales rabínicos que operen fuera de nuestra jurisdicción o sin nuestra supervisión y autorización previa.

La halajá establece que un proceso de guiur requiere acompañamiento, instrucción, supervisión continua y responsabilidad comunitaria. Conversiones instantáneas o sin seguimiento no cumplen con los estándares de la Torá ni con las directrices de los Sabios.

2. Actividad de rabinos extranjeros: En los últimos meses hemos recibido reportes de rabinos extranjeros que: 
– Viajan a la República Dominicana
– Realizan conversiones a cambio de dinero
– y abandonan inmediatamente el país, dejando a los gerim sin acompañamiento ni integración comunitaria.

Tales prácticas son contrarias a la Torá, a la halajá y al trato digno debido a los conversos. Quienes actúan de esta manera *quedan descalificados* ante nuestro Beth Din.

3. Advertencia a la población: Alertamos a todas las personas interesadas en convertirse al judaísmo, así como a las instituciones y líderes comunitarios, que:
– Ningún rabino extranjero tiene autorización para realizar conversiones válidas en territorio dominicano.
– Toda persona que desee iniciar un proceso de guiur debe dirigirse *exclusivamente* al Beth Din Zedek de la República Dominicana.
– Conversiones realizadas sin nuestra supervisión pueden resultar inválidas y generar graves dificultades halájicas y comunitarias para los interesados y sus descendientes.

4. Compromiso con los gerim: Nuestro Beth Din reafirma su compromiso con el acompañamiento íntegro, digno y responsable de quienes buscan unirse sinceramente al Pueblo de Israel. Un guiur auténtico exige:

– Estudio
– Práctica de miṣwoth
– Inmersión halájica,
– Aceptación formal de la vida judía,
– Seguimiento comunitário real.

Estas etapas *no pueden ser reducidas, aceleradas ni comercializadas.

—

Por la paz, la integridad comunitaria y el respeto a la Torá:

Beth Din Zedek de la República Dominicana*
Presidente del Tribunal
Dayan Dr. Yehonatan Elazar-DeMota

Fecha: 26 Heshvan 5786

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